En respuesta a una grave escalada de violencia atribuida a pandillas y maras, el presidente Bernardo Arévalo de León decretó este domingo el Estado de Sitio en todo el territorio nacional por un período de 30 días. La medida, anunciada en cadena nacional y posteriormente ratificada por el Congreso de la República con amplia mayoría (145 votos a favor), busca restablecer el orden público y garantizar la seguridad ciudadana tras una serie de hechos violentos que incluyeron motines coordinados en al menos tres cárceles y el asesinato de al menos nueve agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) en ataques presuntamente retaliatorios.
🚨| ÚLTIMA HORA: El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, declaró Estado de Sitio a nivel nacional por 30 días, como respuesta a la crisis de seguridad registrada en las últimas horas.🇬🇹 pic.twitter.com/evBffD2cbK
— Eduardo Menoni (@eduardomenoni) January 19, 2026
Según detalló el mandatario, los disturbios comenzaron el sábado cuando reos de las prisiones Renovación 1, Fraijanes II y el Preventivo de la zona 18 de la capital tomaron como rehenes a decenas de guardias penitenciarios. Los amotinados exigían el traslado de líderes pandilleros —entre ellos Aldo Dupie Ochoa Mejía, alias “El Lobo”, del Barrio 18— a centros de menor seguridad y la devolución de privilegios que les habían sido retirados recientemente por las autoridades.
“Se amotinaron en las cárceles y tomaron rehenes con la intención de que el Estado cediera ante sus exigencias, que durante años les fueron otorgadas”, afirmó Arévalo. El presidente señaló que la respuesta de las pandillas fue una oleada de ataques contra policías, dejando un saldo de agentes asesinados y varios heridos. El Decreto Gubernativo 1-2026 habilita al Ejército y a la Policía Nacional Civil a emplear “toda la fuerza del Estado” contra las estructuras criminales. Entre las suspensiones temporales de garantías se incluyen:
- Posibilidad de detenciones sin orden judicial previa cuando exista sospecha de pertenencia a grupos delictivos.
- Restricciones a la libertad de locomoción y reunión en casos necesarios.
- Limitaciones a ciertas manifestaciones y actividades que puedan ser aprovechadas por las pandillas.